Jack Del Aguila
En Pisa 2015, último año del que se tienen datos, se evaluó a estudiantes de 15 años de colegios secundarios públicos y privados de 72 países, entre miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y naciones que participaron de forma voluntaria, como fue el caso del Perú. Se debe indicar que nuestro país viene participando en esta prueba, que se realiza cada tres años. Es más, en el 2012 al Perú le fue mal porque se ubicó en el último puesto de los 65 países participantes. Para la medición del 2015, la OCDE, como en las otras naciones, eligió al azar 281 colegios del país, donde estudian 6 mil 971 estudiantes de 15 años. Ellos rindieron la prueba entre el 17 de agosto y el 18 de setiembre. En este examen participaron algunos países más como Líbano, Túnez, Kosovo, Argelia y República Dominicana.
Jack Del Aguila
No se puede compeler a la población a llevar una vida saludable. Tal aspiración, propia de un Estado totalitario, no resulta acorde con los valores y principios propios e inherentes que inspiran nuestra Carta Magna. Por ello, no comparto la tesis paternalista que parte de la premisa de que el Estado conoce, siempre y en todos los casos, lo que es mejor para cada uno. Efectivamente, las políticas proteccionistas se encuentran excluidas, ya que no es admisible que en un Estado, que reconoce la autonomía de la persona y el pluralismo en todos los campos, las autoridades impongan, con la amenaza de sanciones penales, un determinado modelo de virtud o excelencia humana. En efecto, esas políticas implican que el Estado solo admite una determinada concepción de realización personal, lo cual es incompatible con el pluralismo. De otro lado, como señala la sentencia de la Corte Constitucional colombiana T-542/92: «El libre desarrollo de la personalidad tiene una connotación positiva y otra negativa. El aspecto positivo de este derecho consiste en que el hombre puede en principio hacer todo lo que desee en su vida y con su vida. Y el aspecto negativo consiste en que la sociedad civil y el Estado no pueden realizar intromisiones indebidas en la vida del titular de este derecho más allá de un límite razonable que en todo caso preserve su núcleo esencial».
Jack Del Aguila